Subvenciones para Pymes, Micropymes, Autónomos y Profesionales convocadas por el Ayuntamiento de Pedreguer y financiadas por la Diputación de Alicante.
SEP 2021
58.333,87 euros de ayudas para el municipio de Pedreguer
AYUDAS FINANCIADAS POR LA DIPUTACIÓN DE ALICANTE
- PARA MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO PROVOCADO POR LA COVID-19
- PARA PYMES, MICROPYMES, AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES DE PEDREGUER.
REQUISITO PRINCIPAL:
Haber reducido la media mensual de facturación de los meses comprendidos entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, en al menos el 25% respecto de la media mensual facturada en 2019.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Cuota de autónomo, gastos aliquiler, gastos de consultoria y asesoria, gastos de suministros, telefonia e internet, seguridad del local, mantenimiento de equipos, intereses de préstamos de adquisición del local, primas de seguro, alquiler de vehículos comerciales e intereses de préstamos de adquisición de vehículos comerciales.
Estos gastos y su justificación no podran haber sido presentados para la obtención y justificación de otras ayudas públicas y deberán estar comprendidas entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.
IMPORTE DE LAS AYUDAS:
La ayuda máxima a recibir será de 2.000€ por entidad solicitante.
PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUD:
El plazo de presentación de solicitudes será desde las 9.00h del 1 de octubre hasta las 23.59h del 20 de octubre de 2021.
DONDE PRESENTAR:
Las personas jurídicas y el resto de las enumeradas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, deberán presentarlo por Sede Electrónica municipal.
Las personas físicas podrán realizar la presentación de forma presencial al Ayuntamiento o telemáticamente.
ENLACES:
Se pueden encontrar las bases de la convocatoria en el siguiente enlace:
Para tramitar la ayuda a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pedreguer seguir el enlace siguiente::
Para tramitarla presencialmente se deberán cumplimentar los siguientes documentos antes de acudir al Ayuntamiento:
Además, se deberá aportar la documentación que se especifica en la base 7ª de esta convocatoria.